MOTRIL. Los agentes acudieron a una llamada de aviso hecha por el hijo del matrimonio.
La teniente de alcalde de Seguridad Ciudadana, María Ángeles Escámez, ha informado sobre una actuación de la Policía Local relacionada con un caso de violencia de género.
Agentes de la Policía Local de Motril, tras recibir aviso del 112, se personaron en una vivienda situada en una calle céntrica de la ciudad, donde el hijo –mayor de edad- de un matrimonio había llamado por un episodio de malos tratos de su padre contra su madre.
Ya en el domicilio, los agentes, en una primera inspección ocular, observan que hay varios objetos fracturados por el suelo de la vivienda, algunos de grandes dimensiones y que la mujer presenta gran estado de ansiedad y signos de haber sido agredida, así como lesiones entre los varones, presuntamente, por haber mantenido una pugna. Sobre el terreno también corroboran que la madre había pedido a su hijo que se personarse en la vivienda por las amenazas que estaba recibiendo del padre.
La Policía Local, de acuerdo con la legislación vigente, procede a la detención del hombre, de 54 años, el cual presentaba indicios de haber bebido y persistía en las amenazas a su pareja, quedando para hoy, día 23, su traslado a disposición judicial para declarar ante el juez de Guardia.
Finalmente, la víctima quedó bajo protección de su hijo, siendo informada de los trámites a seguir.
Por otra parte, la teniente de alcalde y responsable del área de Seguridad Ciudadana, a través de la Policía Local de Motril, ha ofrecido una serie de consejos para actuar ante un caso de malos tratos:
Llama a teléfonos de asistencia y emergencia.
Tanto si eres víctima de maltrato como si conoces un caso cercano de violencia de género puedes ponerte en contacto con el teléfono gratuito 016. Funciona las 24 horas del día los 365 días del año y no deja rastro en la factura del teléfono. Nadie sabrá quien ha llamado, es confidencial.
En el 016 recibirás atención profesional. Te informarán de qué hacer en caso de maltrato y en caso de emergencia te derivarán directamente al 112. Recibirás información sobre los recursos y los derechos que tienes en materia de empleo, servicios sociales, ayudas económicas, recursos de información, de asistencia y de acogida.
Si tienes una discapacidad auditiva puedes llamar al 900 116 016.
Acude al hospital o centro de salud más cercano.
Lo primero es acudir a tu centro de salud u hospital para que te hagan un reconocimiento médico completo. Si no puedes acudir por tu propio pie, llama al servicio de Emergencias (112) para que vayan a donde estés. Si has sufrido una agresión sexual, coméntalo y pide una revisión específica. Es muy importante que pidas el parte de lesiones. Y no olvides que las lesiones pueden ser tanto físicas como psicológicas.
Sería muy recomendable que además busques asesoramiento en una asociación de mujeres especializada, en un centro de atención a la mujer de tu localidad, o en un centro de servicios sociales.
Si corres peligro, sal de tu casa.
Puedes abandonar el domicilio familiar sin perder derechos, siempre que en un plazo de 30 días interpongas una denuncia o una demanda de separación.
Si puedes, debes llevar contigo el DNI y la cartilla de la Seguridad Social, el libro de familia, libretas de ahorro y tarjetas de crédito, llaves, contrato de arrendamiento del piso o escrituras de propiedad del mismo, permiso de trabajo si no tienes nacionalidad española, certificados médicos y agenda de direcciones y teléfonos. Por supuesto, si tienes hijos, llévatelos contigo. Su seguridad es prioritaria.
Si tienes miedo de regresar a por tus cosas llama a la Policía o a la Guardia Civil para que te acompañen.
Presenta una denuncia.
También puedes presentar una denuncia en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer, comisaría de Policía o antes de firmar la denuncia léela atentamente y pide copia. Puedes pedir o solicitar información sobre la orden de protección.
Solicita una orden de protección.
Puedes solicitar una orden de protección en tu centro de servicios sociales, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer, la Fiscalía contra la comisaría de Policía o la comandancia de la Guardia Civil.
Una vez solicitada, el juez recibe a la mujer y al agresor por separado y, en un máximo de 72 horas, decide si es necesario adoptar alguna medida. Las medidas pueden ser:
- Medidas civiles. Se refieren al uso y disfrute de la vivienda, al régimen de custodia, visitas y comunicación con los hijos, a la prestación de alimentos y a la protección de los menores. Tienen una duración de 30 días y hay que solicitarlas expresamente.
- Medidas penales. Están destinadas a evitar que el agresor pueda ponerse en contacto contigo y eludir así nuevas agresiones. Entre ellas, está la prisión provisional, la orden de alejamiento, la prohibición de comunicación, la prohibición de residir o acudir al lugar del delito o residencia de la víctima y la retirada de armas y otros objetos peligrosos.
- Medidas de asistencia y protección social. Son servicios como los alojamientos de emergencia, las ayudas económicas, atención psicológica, asesoramiento jurídico, etc.
La orden de protección puede solicitarse ante el juez, el fiscal, ante la policía o la guardia civil, en las oficinas de atención a las víctimas, en los servicios sociales de tu ciudad o comunidad autónoma y en los servicios de orientación jurídica de los colegios de abogados.
¿Qué hacer si conoces un caso de malos tratos?
Las personas que están cerca de la víctima, sus familiares, amigos o sus vecinos deben ser conscientes de que su ayuda es también clave. Si te encuentras en este caso, esto es lo que puedes hacer:
- Si sospechas que una persona está siendo agredida o escuchas frecuentemente ruidos o gritos, debes llamar a la Policía.
- Si has presenciado un episodio violento, préstate como testigo a la víctima.
- Si eres familiar de la víctima, tú mismo puedes solicitar la orden de protección.
- Es importante que escuches a la víctima y le hagas ver que no está sola y que ella no es la culpable de la situación, pero no la presiones a tomar medidas.
