ALMUÑÉCAR. El procedimiento se incoó por la denuncia de la funcionaria de un posible delito de coacciones contra dos agentes de la Policía Local, habiéndose practicado la investigación pertinente.
- La resolución judicial parte del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Almuñécar.
En el curso de la instrucción se oyó a la perjudicada así como a los dos investigados y tres testigos.
«El instructor, valorando la declaración de los implicados, no haya base suficiente que justifique la existencia de indicios suficientes y constatables que pudieran sostener con fundamento suficiente una imputación formalizada en el correspondiente auto de procedimiento abreviado. No existen los elementos mínimos objetivos ni subjetivos que permitan seguir el cauce procesal por delito de coacciones, por lo que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 641-1o de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede decretar el sobreseimiento provisional de las actuaciones».
